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CONSULTA PROCESOS PARA VÍCTIMAS DEL CONFLICTO

Las víctimas de conflicto armado son personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1 de enero de 1985 en el marco del conflicto armado interno.

Estas personas tienen derecho a un proceso de reconocimiento como víctimas, así como de acceder a las rutas para acceso a derechos tanto en el momento de la ocurrencia de los hechos victimizantes como en los componentes de reparación.

Los 5 procesos clave para las víctimas

 

  1. Solicitud de inscripción en el Registro Único de Víctimas – RUV (previo al reconocimiento como víctima del conflicto)
  • Declaración: Acércate al ministerio público (Personería, Procuraduría, Defensoría) para declarar los hechos por los que te consideras víctima del conflicto. El ministerio remite a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas – UARIV. Es importante que, al momento de hacer la declaración, tengas claros los datos relevantes del hecho, tales como fechas y lugares, así como datos del grupo familiar. Se recomienda llevar los documentos con que cuentes, que puedan facilitar tanto el proceso de registro como de valoración del caso, tales como copias de los documentos de identidad y denuncias de los hechos, en caso de existir.
  • Valoración:
    La UARIV valora en un término de 60 días hábiles y resuelve la inclusión o no en el Registro único de víctimas.
  • Resolución:
    Después de tomada la decisión sobre la inclusión la UARIV hace entrega de resolución con las razones de la decisión. Esta resolución está sujeta a recursos de reposición y apelación.
  1. Atención o ayuda humanitaria inmediata previo al reconocimiento como víctima del conflicto: Si te ocurrió un hecho victimizante en el marco del conflicto armado durante los últimos tres meses y realizas la declaración ante el ministerio público (Personería, Procuraduría, Defensoría), tienes derecho a recibir atención humanitaria inmediata (por desplazamiento) hasta que se resuelva la inclusión en el RUV o ayuda humanitaria (hechos distintos al desplazamiento) por una vez y prorrogable hasta por un mes más. Su entrega es responsabilidad de las Alcaldías. Esta ayuda puede ser mediante con albergues o se hace reconocimiento de la ayuda en especie o en dinero, de acuerdo con la evaluación que se haga del caso.
  1. Medidas de asistencia (después del reconocimiento como víctima del conflicto): Cuando se te reconoce como víctima del conflicto armado se inicia la ruta de asistencia, que tiene como principal objetivo restablecer tus derechos. En esta ruta se cuenta con las siguientes medidas:
      • Atención humanitaria de emergencia y atención humanitaria de transición:
        La atención humanitaria es entregada por la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las víctimas de acuerdo con la
        valoración que se realice del caso.
      • Salud:
        Si no tienes capacidad de pago, tienes derecho a ser afiliado (a) al régimen subsidiado de salud, sin que se requiera para esto
        el puntaje de Sisbén. Sin embargo, no olvides que sisbenizarte en el lugar donde resides te da oportunidad de acceder a otros
        programas de la oferta social.
      • Educación:
        Oportunidad para acceder a la educación básica, eliminando las barreras derivadas del hecho victimizante como la ausencia de
        documentos o uniformes. Con relación a la educación superior se ha generado acuerdos con algunas universidades para
        favorecer los procesos de acceso y/o permanencia, que incluyen descuentos, programas de permanencia o procesos de ingreso
        diferenciales.
      • Identificación:
        Derecho a recibir un duplicado gratuito de tu documento de identidad en caso de robo o pérdida. La Registraduría deberá
        verificar tu inclusión en el RUV. Si eres hombre víctima del conflicto, estas exento de la prestación del servicio militar y tu libreta militar es gratuita. Debes adelantar el proceso a través de la página https://www.libretamilitar.mil.co/ Acércate al punto de atención a víctimas más
        cercano para solicitar apoyo.
      • Asistencia funeraria:Entregada a través de las alcaldías para hechos relacionados con el conflicto o cuando la familia víctima no cuente con
        capacidad de pago del funeral.
      • Generación de ingresos:
        Liderada por entidades como el Ministerio del Trabajo y el Sena, busca mejorar tu capacidad de generar ingresos a través del
        empleo o el emprendimiento. En este componente Cuso International se articula a las rutas existentes para favorecer los
        procesos de empleabilidad.
      • Reunificación familiar:Está a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, orientada a que las familias que están separadas por causa del
        conflicto puedan volver a unirse

    4. Medidas de reparación (después del reconocimiento como víctima del conflicto)

      • Indemnización:
        Tienes derecho a recibir una compensación económica por los daños sufridos, dependiendo del hecho victimizante que hayas sufrido. Para acceder a esta ruta debes consultar con la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas en los canales virtuales o presenciales.
      • Rehabilitación:
        Estas medidas buscan el restablecimiento de tus condiciones físicas y psicológicas con procesos de carácter jurídico, médico, psicológico y social. En esta media se incluye la atención psicosocial a través del el PAPSIVI y la Estrategia de recuperación emocional.
      • Restitución:
        Esta medida busca el restablecimiento de las condiciones de vida antes de que ocurriera el hecho victimizante. En esta medida se incluye la restitución de tierras, a cargo de la Unidad de restitución de tierras y los programas de retornos y reubicaciones que se desarrollan por la Unidad para la Víctimas con apoyos de algunas alcaldías.
      • Satisfacción:
        Su objetivo es generar bienestar y contribuir a mitigar el dolor de las víctimas. Dentro de estas medidas se resalta la exención en la prestación de servicio militar, las conmemoraciones y actos de reconocimiento de la verdad.
      • Garantías de no repetición:
        Enfocadas a garantizar que no se repitan las violaciones a los derechos humanos, ni las infracciones al DIH que generaron la victimización
    •  
    • 5. Medidas de protección (después del reconocimiento como víctima del conflicto):
    • Esta medida se activa ante situaciones de amenaza o riesgos para la vida o la seguridad personal. La entidad encargada es la Unidad Nacional de Protección que es un organismo de seguridad del orden nacional, con orientación de Derechos Humanos, encargada de desarrollar estrategias para el análisis y evaluación de los riesgos, amenazas y vulnerabilidades, e implementar las medidas de protección individuales y/o colectivas de las poblaciones objeto, con enfoque diferencial (territorial, étnico y de género).