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RECIBE ATENCIÓN ESPECIAL

Niños y niñas

Se trata de los programas, estrategias y modalidades de promoción, prevención y protección para la atención integral de niños, niñas, adolescentes y sus familias.

En Colombia la Dirección de Primera Infancia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) beneficia a niñas y niños de 0 a 5 años y a madres gestantes. Las siguientes poblaciones pueden ser cubiertas por la entidad:

    • Víctimas de hechos violentos asociados al conflicto armado.
    • Egresados de las modalidades de Recuperación Nutricional: Centros de Recuperación Nutricional (CRN), Recuperación Nutricional
      con Enfoque Comunitario y Recuperación Nutricional con énfasis en los primeros 1.000 días o remitidos por el centro zonal.
    • Que se encuentran en Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD).
    • Pertenecientes a comunidades étnicas (indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, palenqueros, raizales y rom).
    • Pertenecientes a hogares cuyo puntaje Sisbén sea igual o inferior a los nuevos puntos de corte definidos para primera infancia: 14,
      ciudades principales; 57.21, resto urbano, 56.3.

Modalidades de atención:

    1. Centros de Desarrollo Infantil (CDI)
      Son espacios que atienden a las niñas y los niños, según sus edades, en aulas y niveles. Es un servicio donde los padres de familia y cuidadores pueden llevar a niñas y niños durante 220 días al año, de lunes a viernes con un horario de 8 horas. La atención se presta de manera gratuita y se brinda refrigerio en la mañana, almuerzo y refrigerio en la tarde
    2. Hogares Comunitarios de Bienestar (FAMI)
      Esta modalidad está dirigida a niños y niñas desde su gestación hasta los dos años y mujeres gestantes
    3. Modalidad Comunitaria
      Ofrece atención a niñas y niños desde los 18 meses hasta los cuatro años, 11 meses y 29 días. Coordinan acciones relacionadas con nutrición, salud, formación y acompañamiento a familias y cuidadores/as.
    4. HCB Familiar- Hogar Comunitario
      El servicio se presta en la vivienda de la madre o padre comunitario durante 200 días al año, ocho horas diarias, de lunes a viernes. Funcionan en las viviendas de las madres y padres y pueden estar conformados de 10 a 14 niñas y niños, según la demanda y características en cada territorio. Los niños y niñas reciben refrigerio en la mañana, almuerzo y refrigerio en la tarde
¿Cómo puedes acceder a los programas para la primera infancia?

    • El padre, madre o cuidador/a debe acercarse a un operador/a o unidades de servicio del ICBF, ubicados en el municipio, localidad o barrio donde reside y solicitar el ingreso. Independientemente de si tiene o no situación migratorio regular o irregular.
    • También pueden realizar la petición formal de acceder a los programas de primera infancia a través de los canales dispuestos por el ICBF.
    • Para que un niño o niña de padres venezolanos pueda ser beneficiario/a de alguno de los programas del ICBF, no se exige que cuente con PEP, ni tampoco es requisito que los progenitores cuenten con este tipo de documento.

Mujeres

Las mujeres han sido blanco de diferentes tipos de violencias, que pueden afectar no solo su bienestar sino también el de sus familias. Es importante que se aborden las violencias de género para prevenirlas, atenderlas y garantizar el acceso a la justicia.

Ya sea en los espacios familiares, las relaciones de pareja o expareja, en los entornos laborales, en los centros educativos, de entretenimiento, en la calle o en medios de transporte, entre otros, las violencias se manifiestan a través de diferentes formas:

    • Violencia física:
      Golpes, empujones, quemaduras o ataques con armas, objetos o ácidos.
    • Violencia psicológica:
      Insultos, humillaciones, chantajes, descalificaciones, burlas, amenazas contra tu vida propia, la de tus hijos, hijas u otros integrantes
      de tu familia, celos extremos o intentos de control.
    • Violencia sexual:
      Manoseos, acoso, relaciones o actos sexuales en contra de tu voluntad.
    • Violencia económica:
      Limitaciones y controles para el uso del dinero, destrucción de instrumentos de trabajo, prohibiciones para el uso de tus pertenencias
      y documentos personales, entre otros.

¿A quién acudir si sufres de violencia basada en género?

    • EPS
      Debes solicitarle a tu EPS atención integral e inmediata, de manera gratuita. Cualquier negativa a cumplir con esta obligación, que está inmersa en el plan de beneficios en salud, es una falta al ejercicio del derecho a la salud.
    • Fiscalías
      La violencia sexual es un delito. Por eso, debes denunciarlo. Puedes hacerlo de forma verbal o escrita, en primera instancia en los Centros de Atención Integral a Víctimas de Delitos Sexuales de la Fiscalía, que atienden de lunes a viernes de 8 a 12 del día y de 1 a 5 de la tarde, o en las Unidades de Reacción Inmediata (URI) de la Fiscalía, que prestan su servicio en todo el país las 24 horas del día.
    • Estaciones de Policía
      La denuncia también puede hacerse en las estaciones de Policía o en las Unidades de Policía Judicial como la Dijin, Sijin o el CTI. Estas remiten el caso a la Fiscalía y remiten a la víctima a Medicina Legal.
    • Medicina Legal
      Para establecer la gravedad de las lesiones y el estado en que se encuentra la víctima después de la agresión, la autoridad que recibe la denuncia remite a la víctima al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses
    • Comisarías de Familia
      Reciben denuncias en casos de violencia intrafamiliar para remitirlas a la Fiscalía. Estas pueden ordenar medidas de protección tales como expulsar al agresor de la casa; retirar ropa, documentos y elementos indispensables para la víctima; en el caso de tener hijos, resolver provisionalmente el tema de la custodia y cuota de alimentos de los menores y obtener protección de la Policía. Estas medidas se cumplen siempre y cuando la denuncia se interponga dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia de la agresión.
    • Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)
      En todas las ciudades hay Centros Zonales de Bienestar Familiar. Sin embargo, solo atienden casos en que se encuentren involucradas personas menores de 18 años. Si la agresión se trata de abuso sexual, está facultado para recibir la denuncia y trasladarla a la Fiscalía. Además, debe velar por la protección, restablecimiento y garantía de los derechos de los menores involucrados/as (víctimas y agresores) y a la víctima debe ofrecerle apoyo integral, incluyendo un albergue seguro.
    • Defensoría del Pueblo y Personería Municipal
      Velan por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos, tanto de víctimas como de agresores en casos de violencia. Prestan asesoría y ayuda gratuita a las personas que requieran apoyo para la defensa de sus derechos humanos, prevenir vulneraciones de sus derechos o restablecimiento de estos, por ejemplo, para la formulación de derechos de petición o acciones de tutela.

LGBTIQ+
Ahora más que nunca a la comunidad LGBTI se le pueden garantizar sus derechos, gracias a los avances legales que el Estado colombiano ha hecho para esta población.

Recuerda que estos son sus derechos en el trabajo*:

    • Protección ante la discriminación y acoso laboral por la orientación sexual o identidad de géneroLa normatividad colombiana prohíbe que la comunidad LGBTI no sea tratada en los entornos laborales bajo los principios de igualdad y equidad. Cualquier acto reiterativo de discriminación o acoso laboral por la orientación sexual o identidad de género en el ámbito de trabajo puede ser denunciado ante las autoridades competentes.
    • Confidencialidad de la orientación sexual en el entorno laboralDivulgar la información que se llega a conocer de la vida privada de las personas con las que trabaja, sin tener el permiso de ellas, se constituye en un acoso laboral.
    • Licencias de maternidad y paternidadSon legales para todas las personas, independientemente de su orientación sexual, ya que a través de ellas se garantizan los derechos de los menores a contar con sus dos padres o madres.
    • Confidencialidad de la familia diversaInformar la composición familiar no es una obligación laboral. Sin embargo, si se desea que su pareja, hijos e hijas disfruten de los beneficios de bienestar social, el empleador necesitará conocer la información del cónyuge, compañero o compañera permanente, de sus hijos e hijas, así como de las personas a su cargo, por ejemplo, hijos o hijas de su pareja vivan con ustedes.
    • Protección ante despido por VIHComo parte del derecho a la estabilidad reforzada, si se ha sufrido de una desvinculación laboral con la única justificación de que vives con VIH, mediante una acción de tutela se puede exigir el reintegro inmediato por parte de tu empleador.
    • No exigencia de la libreta militar para acceder a un empleoLa Corte Constitucional ha recordado que no se debe exigir la libreta militar a personas tránsgenero

Si requieres de asesoría para que tus derechos en el trabajo sean respetados, te recomendamos solicitar orientación con: https://colombiadiversa.org/

*Tomado de Colombia Diversa

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